El Diario Oficial de la Unión Europea publicó el Reglamento (UE) 2026/215, por el que se modifican los anexos II y III del Reglamento (CE) N° 396/2005 en lo relativo a los límites máximos de residuos (LMR) de determinadas sustancias activas en o sobre determinados productos.
Esta actualización normativa introduce cambios en los LMR aplicables a distintos productos agrícolas, incorporando nuevos valores que sustituyen a los anteriormente vigentes. Entre los productos afectados se encuentra el grupo de frutas de bayas y frutos pequeños, categoría que incluye, entre otras, la frutilla.
El reglamento detalla en su anexo los valores actualizados para las combinaciones específicas de sustancia activa y producto, estableciendo los nuevos límites que pasarán a formar parte del marco regulatorio obligatorio dentro de la Unión Europea. De esta manera, los LMR aplicables a productos como la frutilla quedan formalmente modificados conforme a lo dispuesto en el texto legal.
La norma establece que los anexos del Reglamento (CE) N° 396/2005 se modifican de acuerdo con lo indicado en el anexo del nuevo Reglamento, donde se especifican los cambios correspondientes. Asimismo, fija su entrada en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea y su aplicación conforme a las fechas indicadas en el propio acto.
Con esta publicación, la Comisión Europea actualiza oficialmente los LMR para las sustancias activas incluidas en el Reglamento, afectando a distintos grupos de productos, entre ellos las frutas de bayas y frutos pequeños, como la frutilla, cuyos valores han sido objeto de modificación dentro del marco normativo europeo vigente.