Límites Máximos de Residuos para Aflatoxinas en la Agroexportación

Límites Máximos de Residuos para Aflatoxinas en la Agroexportación

Los límites máximos de residuos (LMR) para aflatoxinas en alimentos y piensos pueden variar según la legislación de cada país o región, así como según el tipo de alimento o cultivo en cuestión. Estos límites están diseñados para proteger la salud pública al garantizar que los niveles de aflatoxinas en los alimentos y piensos no representen un riesgo significativo para quienes los consumen.

Por ejemplo, en la Unión Europea, los límites máximos de aflatoxinas en alimentos están regulados por la Comisión Europea. Para alimentos destinados al consumo humano, los límites máximos de aflatoxinas B1, B2, G1 y G2 en productos como cereales, frutos secos, especias y productos derivados son generalmente de 2 a 4 microgramos por kilogramo (μg/kg), dependiendo del tipo de alimento. Para alimentos destinados al consumo animal, los límites son típicamente más altos, pero varían según el tipo de animal y la etapa de producción.

En otros países y regiones, como los Estados Unidos, los límites máximos de aflatoxinas también están regulados por autoridades gubernamentales, como la Administración de Alimentos y Medicamentos (FDA, por sus siglas en inglés). Estos límites pueden diferir de los establecidos en la Unión Europea u otras áreas.

Es importante tener en cuenta que los LMR para aflatoxinas se revisan periódicamente a medida que surgen nuevos datos científicos y técnicas de detección. Además, los países pueden establecer sus propios límites en función de consideraciones específicas de salud pública y seguridad alimentaria.

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